Las pequeñas empresas disponen en España de un incentivo fiscal conocido como reserva de nivelación. Este mecanismo permite suavizar la tributación en los ejercicios en los que las compañías obtienen beneficios, anticipando una reducción de la base imponible a través de ciertos ajustes que puede compensarse con posibles pérdidas futuras. Es decir, no elimina el impuesto, sino que lo difiere en el tiempo. Ahora, el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), órgano dependiente del Ministerio de Hacienda, ha elevado esta fórmula a la categoría de derecho, blindando su utilización.
El TEAC confirma que el mecanismo que permite rebajar la tributación en ejercicios con beneficios para anticipar pérdidas no es una opción, sino un derecho que se puede usar incluso fuera de plazo
Las pequeñas empresas disponen en España de un incentivo fiscal conocido como reserva de nivelación. Este mecanismo permite suavizar la tributación en los ejercicios en los que las compañías obtienen beneficios, anticipando una reducción de la base imponible a través de ciertos ajustes que puede compensarse con posibles pérdidas futuras. Es decir, no elimina el impuesto, sino que lo difiere en el tiempo. Ahora, el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), órgano dependiente del Ministerio de Hacienda, ha elevado esta fórmula a la categoría de derecho, blindando su utilización.
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